Disposición de Residuos Domiciliarios – Artículo 273

Desde la Comuna de El Manzano, recordamos a todos los vecinos la importancia de cumplir con lo establecido en el Artículo 273 de la res. 184/12, el cual regula la disposición de los cestos de basura en la vía pública.

Esta normativa establece la obligación para los frentistas de colocar los cestos de basura elevados a 1.2 metros desde su base.

El objetivo principal de esta disposición es garantizar que los residuos no sean alcanzados por los animales, contribuyendo así a mantener la limpieza y el orden en nuestro pueblo. 

Te compartimos algunas ideas:

Obligaciones de todo propietario, poseedor o inquilino respecto a las veredas: 

En la Comuna de El Manzano, el Artículo 230 de la Resolución 184/12 establece las responsabilidades de los frentistas de terrenos edificados o baldíos. 

Esta normativa exige a los propietarios cumplir con las siguientes normas:

Mantener las veredas en condiciones óptimas de transitabilidad: asegurando que la misma esté libres de maleza, escombros, ramas y cualquier otro obstáculo que impida el paso o genere focos de insalubridad.

Mantener el césped siempre cortado (en caso de tenerlo): Si la propiedad cuenta con césped que linda con la vereda, debe mantenerse regularmente cortado para no invadir el espacio público.

Realizar su higiene de forma permanente.

Plantar, cuidar y proteger las especies arbóreas: Cuando la Comuna lo determine, los frentistas deben plantar, cuidar y proteger las mismas. Así mismo, cualquier poda o remoción de árboles debe realizarse con autorización previa. 

Además, la normativa exige que en caso de tener cercos vivos (plantas utilizadas como límite) deben garantizar que los mismos no invadan el espacio de la vereda, asegurando así la seguridad y comodidad de quienes circulan a pie.

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